
Javier Milei sigue de cerca el impacto de la morosidad y analiza ordenarle al Banco Central una medida especial
El Presidente encabezará este martes una nueva reunión de Gabinete en la que podría conversar con Patricia Bullrich sobre una propuesta que la senadora plantea. En el encuentro no estará el ministro de Economía, Luis Caputo, quien viajó a los Estados Unidos para una cumbre del G20
Basándose en los datos oficiales que le acercaron, el presidente Javier Milei continúa convencido de que el nivel de morosidad en la Argentina no representa un riesgo real para el sistema financiero y que el Estado no debería intervenir, ya que se trata de un conflicto entre privados, aunque a partir de algunas propuestas internas está analizando la posibilidad de ordenarle al Banco Central que tome una medida especial para desincentivar el endeudamiento.
De acuerdo con lo que pudo saber Infobae, aunque todavía está en estudio, el mandatario podría pedirle al titular de la entidad monetaria, Santiago Bausili, que firme un comunicado para modificar la norma que regula la forma en la que aparece el Costo Financiero Total (CFT), el porcentaje que refleja el monto real y completo que el cliente va a pagar al momento de adquirir un préstamo o de hacer una compra en cuotas.
Actualmente, la regla indica criterios básicos para que esa cifra no quede oculta ni diluida entre otros datos, sino que aparezca de manera claramente visible para el usuario de servicios financieros.
En los documentos, como contratos, recibos o notas de débito, la exigencia central es que el valor numérico del CFT y el signo “%” estén identificados de forma legible y destacada, ya sea mostrándolos con un tamaño al menos doble respecto del resto de la información, manteniendo la misma fuente y sus proporciones; o bien resaltándolos mediante una tipografía o color destacado.
Además, debe figurar la tasa de interés o descuento anual pactada, expresada en porcentaje y con al menos un decimal; la tasa de interés efectiva anual equivalente, también con al menos un decimal; la indicación de si la tasa es fija o variable, y en este último caso los parámetros de ajuste; y, por supuesto, el CFT propiamente dicho.
En materia de publicidad, la regulación es todavía más estricta y dispone que el CFT debe exhibirse en una tipografía de color destacado, con idéntica fuente y con un tamaño al menos cinco veces mayor al utilizado para informar la tasa nominal anual, respetando las proporciones del diseño tipográfico.